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SCJN avala aborto a menores de edad víctimas de violación sexual

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El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) avaló la modificación a la Norma Oficial Mexicana (NOM) que ordena a los hospitales públicos practicar aborto en casos de violación sexual a menores de entre 12 y 17 años de edad, aún sin necesidad de autorización de padres.

Con nueve votos a favor, los ministros avalaron este martes la modificación a la Norma Oficial Mexicana NOM-190-SSA1-1999, Prestación de servicios de salud. Criterios para la atención médica de la violencia familiar, para quedar como: NOM-046-SSA2-2005. Violencia familiar, sexual y contra las mujeres. Criterios para la prevención y atención.

Con dicha modificación, se ordena el acceso de mujeres y niñas a la interrupción del embarazo cuando hayan sido víctimas de violación, sin necesidad de autorización judicial, e incluso sin la autorización de sus padres.

Cabe señalar que la norma fue presentada desde el 2016; sin embargo, en aquella ocasión, los congresos de Baja California y de Aguascalientes presentaron controversias constitucionales para evitar que la norma fuera aprobada.

Dichas entidades habían argumentado violaciones de procedimiento en la reforma a la NOM, esto porque se establece que, “basta la declaración bajo protesta de decir verdad de la mujer o adolescente afectada para que el hospital o clínica queden obligados a realizar el aborto, sin intervención del Poder Judicial”.

Por otra parte, se quejaron de que existe una invasión a las facultades de sus congresos estatales, pues afirman que el Gobierno Federal legisló en materia de delitos del fuero civil como patria potestad y limitó la intervención de padres o tutores sólo en casos de niñas o personas gestantes menores de 12 años.

Sin embargo, en su proyecto de sentencia, el ministro Luis María Aguilar Morales determinó reconocer la validez de las modificaciones a la NOM que habla de violencia familiar, sexual y contra las mujeres, mismas que aseguró estuvieron apegadas a los lineamientos previstos en la Ley General de Víctimas de 2013.

El proyecto fue aprobado con el voto de 9 de los ministros presentes en la sesión, el único que se manifestó en contra fue el ministro Mario Pardo Rebolledo, quien argumento que en la modificación de las NOM no se cumplió con los requisitos formales para su aprobación.

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