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Aguinaldo en especie: ¿Legalidad o violación a los derechos?

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​En la temporada navideña, surge la interrogante sobre la legalidad de que las empresas paguen el aguinaldo en especie a sus trabajadores. La Ley Federal del Trabajo es clara al respecto, estableciendo que esta prestación, equivalente a al menos 15 días de salario, no puede otorgarse en forma de bienes o servicios.

La normativa laboral señala que, al igual que el salario, el aguinaldo deberá pagarse en efectivo y en la moneda de curso legal. Queda explícitamente prohibido cubrir esta prestación con mercancías, vales, fichas u otros objetos que pretendan sustituir a la moneda.

Se permite el pago del aguinaldo a través de transferencias, depósitos en cuenta bancaria o en tarjetas de débito. Cabe destacar que las comisiones generadas por estos movimientos los asumirá el patrón, no por el trabajador.

En caso de que el empleador incumpla con este derecho, los trabajadores cuentan con el respaldo de la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo, entidad dispuesta a proporcionar asesoría, orientación, conciliación o representación jurídica al empleado afectado.

La Ley Federal del Trabajo, también estipula que el aguinaldo es un derecho irrenunciable de los trabajadores, y es responsabilidad de los patrones pagarlo antes del 20 de diciembre de cada año. El incumplimiento de esta obligación puede acarrear consecuencias legales para las empresas.

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